El Tribunal Supremo aclara el plazo para reclamar los gastos hipotecarios

El pasado 14 de junio de 2024, el Pleno del Tribunal Supremo emitió una sentencia clave sobre el plazo para reclamar los gastos hipotecarios indebidamente abonados por el consumidor. En esta entrada, analizaremos los puntos más importantes de esta resolución y su impacto en la jurisprudencia actual.

La controversia gira en torno a la imprescriptibilidad de la acción de nulidad de una cláusula abusiva y la prescripción de la acción de restitución derivada de dicha nulidad, o lo que es lo mismo, el plazo para reclamar los gastos hipotecarios. Es decir, no existía discusión respecto de que la acción de nulidad es imprescriptible, si bien la acción de restitución sí puede prescribir. Este punto ha sido pacífico tanto en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) como en la del Tribunal Supremo español.

La Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores establece que la imprescriptibilidad de la acción de nulidad no se opone a que la acción de restitución esté sujeta a un plazo de prescripción. Esta interpretación ha sido respaldada por varias sentencias del TJUE, incluyendo los casos Asturcom Telecomunicaciones (2009), Raiffeisen (2020), Caixabank (2020) y Profi Credit Slovakia (2021).

El TJUE, en su sentencia de 25 de abril de 2024 (C-561/21), confirmó que el plazo de prescripción puede comenzar en la fecha en que la resolución judicial adquiere firmeza. No obstante, se opone a que este plazo se compute desde fechas anteriores, como la de sentencias previas del Tribunal Supremo o del TJUE que declararon abusivas cláusulas similares, ya que cada caso debe evaluarse individualmente.

La Sentencia del Tribunal Supremo

En su sentencia de 14 de junio de 2024, el Tribunal Supremo aclara dos aspectos cruciales:

  1. Inicio del Plazo de Prescripción: El plazo para la acción de restitución comienza a contar desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula abusiva, garantizando así que el consumidor tenga un conocimiento claro y cierto de la irregularidad.
  2. Principio de Seguridad Jurídica: La sentencia subraya que este enfoque no vulnera el principio de seguridad jurídica, ya que es el propio profesional quien ha generado la situación abusiva. Sin embargo, el profesional puede probar que el consumidor conocía la abusividad antes de la sentencia, lo que podría modificar el inicio del plazo de prescripción.

Implicaciones Prácticas

Para los consumidores, esta sentencia ofrece una mayor protección y claridad en la reclamación de gastos hipotecarios indebidos. El día inicial del plazo de prescripción será la fecha en que la sentencia declaratoria de nulidad adquiere firmeza, salvo que el prestamista demuestre que el consumidor ya conocía o podía conocer razonablemente la abusividad de la cláusula.

Conclusión

La reciente sentencia del Tribunal Supremo establece un marco claro para la prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios, alineado con la jurisprudencia del TJUE. Esta decisión refuerza la protección de los consumidores y asegura que puedan ejercer sus derechos de manera efectiva y justa.

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