La Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de junio 2018, Rec. 2036/2017, destaca la importancia de contar con un programa de cumplimiento normativo por parte de las empresas para evitar la comisión de delitos por sus directivos y empleados.
En concreto, la citada Sentencia analiza un caso de delito continuado de apropiación indebida y de administración desleal por el ex – administrador de una empresa por apropiarse, con desconocimiento de sus socios, de dinero de la empresa, generando un perjuicio para la empresa que se cuantifica en dos millones de euros.
El Tribunal considera que “De haber existido un adecuado programa de cumplimiento normativo, casos como el aquí ocurrido se darían con mayor dificultad, ya que en la mayoría de los supuestos el conocimiento de actividades, como las aquí declaradas probadas de apropiación de fondos y de abuso de gestión, no se hubieran dado”, y “de ahí, la importancia de que en las sociedades mercantiles se implanten estos programas de cumplimiento normativo, no solo para evitar la derivación de la responsabilidad penal a la empresa en los casos de delitos cometidos por directivos y empleados”.
Como recuerda la Sala, estas actuaciones de ilícitos penales pueden dar lugar la existencia de responsabilidad civil por parte de la empresa, que podría estar cubierta por las pólizas de seguro de responsabilidad civil, las cuales, podrían exigir la constitución de los programas de cumplimiento normativo para aminorar o reducir el riesgo de la aparición de ese deber de indemnizar.
En conclusión, la implantación de un programa de cumplimiento normativo no solo previene frente a posibles delitos cometidos por los administradores y empleados de la empresa, sino que ayuda a detectar situaciones irregulares, y evita la comisión de infracciones administrativas, evitando así graves perjuicios a la empresa, tanto a nivel económico, como reputacional.