El Ministerio de Hacienda ha concluido que el carácter retroactivo de la modificación efectuada en la Ley del IRPF, permite la devolución de lo tributado por la prestación de maternidad/paternidad en el IRPF, incluso aunque previamente se hubiese desestimado la solicitud, y esa desestimación fuese firme.
La norma permite la devolución de lo pagado por la prestación de maternidad aunque hubiese sido denegada previamente
La firmeza puede haberse producido bien por no haber interpuesto ningún tipo de recurso o reclamación contra la resolución, bien porque se hubieran desestimado todos los recursos o reclamaciones interpuestos.
Así las cosas, el beneficiario puede:
a) Presentar una segunda solicitud si no ha prescrito el ejercicio fiscal en que se tributó por la prestación.
La presentación de la segunda solicitud podrá efectuarse de la siguiente forma:
- Si la prestación corresponde a años anteriores a 2014, se presentará una solicitud ordinaria consignando datos identificativos, año de percepción, y el numero de cuenta dónde se ingresará la devolución.
NO es necesario adjuntar certificado de la Seguridad Social, de la Mutualidad o de la entidad pagadora, acreditativo de la prestación percibida. Esos datos serán recabados directamente por la Agencia Tributaria de la entidad que corresponda.
Se puede presentar una segunda solicitud para reclamar la devolución del IRPF por maternidad o paternidad.
b) Si ya ha presentado una segunda solicitud, pueden darse dos casos:
- Que se resuelva en sentido positivo, devolviendo la Agencia tributaria las cantidades que procedan.
- Que le haya sido denegada. En este caso podrá presentar un escrito a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria (Rectificación de autoliquidaciones de Gestión Tributaria/Presentación de recurso o solicitud). O bien presentando el escrito en cualquier registro administrativo consignando: datos identificativos, año de percepción, y el número de cuenta se ingresará la devolución.
Aunque hayan denegado por segunda vez la solicitud, se puede reiterar nuevamente
Por tanto, aún estás a tiempo de reclamar lo pagado indebidamente por la prestación de maternidad/paternidad percibida. Los trámites son muy sencillos y para resolver cualquier duda estamos a tu disposición.